Comprobante de pago al exterior electrónico en República Dominicana: guía para emitir el e-PE

Comprobante de pago al exterior electrónico en República Dominicana: guía para emitir el e-PE

DGII y TrámitesLaura Méndez· Actualizado: 27 de agosto de 202611 min lectura

¿Sabías que cada pago que haces a un proveedor del extranjero debe estar respaldado por un comprobante fiscal electrónico ante la DGII?

Si tu negocio en República Dominicana paga servicios, software, materias primas o cualquier producto a empresas fuera del país, el comprobante de pago al exterior electrónico (e-PE) es el documento que necesitas para cumplir con la normativa fiscal.

Muchas mipymes y freelancers dominicanos pasan por alto esta obligación simplemente porque no saben que existe. El resultado: gastos que el contador no puede deducir y riesgos en una fiscalización.

Esta guía recorre todo lo que necesitas saber sobre el comprobante pago exterior DGII e PE: qué es, cuándo debes emitirlo, los datos que exige la DGII y los errores que no puedes permitirte.

Al terminar de leerla, tendrás la información necesaria para emitir tus e-PE sin tropiezos y mantener cada pago al extranjero correctamente documentado.

El e-PE lo emite quien paga

El comprador dominicano, no el proveedor extranjero, emite el documento.

¿Cuándo necesitas emitir un comprobante de pago al exterior y por qué la DGII lo exige?

El e-PE no es opcional ni una formalidad menor. Siempre que tu negocio en República Dominicana realiza un pago a una persona o empresa no residente —sin importar el monto ni el motivo— la DGII exige que quede registrado mediante un comprobante fiscal electrónico.

Esta obligación aplica en situaciones que muchas mipymes viven a diario:

💻

Software y suscripciones

SaaS, hosting, CRM y correo corporativo: cada pago mensual o anual a un proveedor extranjero requiere su e-PE.

📦

Bienes y materias primas

Cualquier adquisición de productos físicos a un proveedor fuera del país debe respaldarse con este comprobante.

🌍

Servicios remotos y regalías

Diseñadores, programadores, marcas, licencias y derechos de autor: el pago al exterior también necesita e-PE.

  • Pago de suscripciones de software — si usas herramientas en la nube como plataformas de diseño, CRM, hosting o correo corporativo, cada pago mensual o anual a un proveedor extranjero requiere su e-PE.
  • Compra de materias primas o mercancía importada — cualquier adquisición de productos físicos a un proveedor fuera del país debe respaldarse con este comprobante.
  • Servicios profesionales remotos — contrataste un diseñador, un programador o un consultor que trabaja desde otro país. Ese pago necesita e-PE.
  • Regalías, licencias y derechos — si tu negocio paga por el uso de una marca, una franquicia, música o contenido con derechos de autor a un titular extranjero, el e-PE es obligatorio.
  • Intereses y comisiones bancarias internacionales — cuando pagas intereses por financiamiento o comisiones a entidades financieras del exterior, también corresponde emitir el comprobante.

La lógica detrás de esta exigencia es sencilla: la DGII necesita trazabilidad sobre todas las salidas de dinero desde el territorio dominicano. Un pago al exterior sin comprobante deja un vacío fiscal que puede interpretarse como evasión o irregularidad.

Dentro del sistema de comprobantes fiscales digitales, el e-PE ocupa un lugar específico que conviene entender antes de emitirlo. En la guía de trámites DGII para facturación electrónica encuentras el panorama completo de cada tipo de comprobante y cuándo corresponde cada uno.

¿Qué diferencia al e-PE de otros comprobantes fiscales?

El e-PE tiene una naturaleza distinta a los comprobantes que usas a diario. No documenta una venta ni una compra nacional, sino un pago que cruza la frontera. Esto implica reglas propias sobre moneda, tipo de cambio y retención impositiva.

La siguiente tabla compara los comprobantes fiscales electrónicos más relevantes para que identifiques cuándo usar cada uno:

ComprobanteCódigo e-CF¿Cuándo se usa?¿Quién lo emite?
Factura de crédito fiscale-CF 31Venta de bienes o servicios a otro contribuyente en RDEl vendedor
Factura de consumoe-CF 32Venta a consumidor final en RDEl vendedor
Comprobante de gastos menorese-CF 41Compra a proveedor informal en RD sin RNCEl comprador
Comprobante de pago al exteriore-CF 15Pago a proveedor no residente fuera de RDEl comprador (quien paga)
Nota de créditoe-CF 34Anulación o ajuste de un comprobante ya emitidoQuien emitió el original

La diferencia fundamental está en quién emite: mientras que en la mayoría de los comprobantes es el vendedor quien factura, en el e-PE eres tú —el comprador dominicano— quien genera el documento. Esto es así porque el proveedor extranjero no está obligado ante la DGII.

Si tu negocio tiene dudas sobre otros tipos de comprobantes, puedes consultar nuestra guía sobre el régimen de facturación de la DGII para entender qué te corresponde emitir según tu actividad.

Cómo emitir un comprobante de pago al exterior (e-PE) paso a paso

Emitir un e-PE correctamente no es complicado si sigues un orden lógico. Estos son los pasos que debes completar desde tu sistema de facturación electrónica o desde la plataforma que uses para emitir comprobantes fiscales:

1

Accede a tu sistema de facturación

Ingresa con tus credenciales al software autorizado por la DGII con la emisión del tipo e-CF 15 habilitada.

2

Selecciona el tipo e-CF 15 (e-PE)

Elige Comprobante de Pago al Exterior; el sistema cargará los datos de tu empresa desde tu RNC.

3

Completa los datos del beneficiario

Nombre o razón social del proveedor no residente, país de origen y número de identificación fiscal si lo tiene.

4

Registra los detalles de la factura

Número de invoice, fecha de emisión, monto en la moneda original y descripción clara del bien o servicio.

5

Indica la moneda y la tasa de cambio

Selecciona la divisa del pago y registra la tasa vigente a la fecha del pago; el monto se convierte a DOP automáticamente.

6

Determina si aplica retención de ITBIS

Los pagos por servicios digitales o profesionales pueden estar sujetos a retención del 18 %.

7

Revisa los datos y firma el comprobante

Verifica que todo esté completo; al firmar digitalmente, el e-PE se envía a la DGII y obtienes el número de comprobante.

8

Descarga y archiva el comprobante

Guarda el XML y la representación impresa junto con la factura del proveedor; la ley exige diez años de conservación.

  1. Accede a tu sistema de facturación electrónica — ingresa con tus credenciales al software que usas para emitir comprobantes. Debe estar autorizado por la DGII y tener habilitada la emisión del tipo e-CF 15.
  2. Selecciona el tipo de comprobante e-CF 15 (e-PE) — dentro de las opciones de emisión, elige Comprobante de Pago al Exterior. El sistema cargará automáticamente los datos de tu empresa desde tu RNC.
  3. Completa los datos del beneficiario extranjero — ingresa el nombre o razón social del proveedor no residente, su país de origen y su número de identificación fiscal en ese país si lo tiene. Este campo es informativo pero mejora la trazabilidad.
  4. Registra los detalles de la factura del proveedor — introduce el número de la factura o invoice que te envió el proveedor extranjero, la fecha de emisión, el monto en la moneda original y una descripción clara del bien o servicio adquirido.
  5. Indica la moneda y la tasa de cambio — selecciona la divisa en la que pagaste (USD, EUR u otra) y registra la tasa de cambio vigente a la fecha del pago. El sistema convertirá automáticamente el monto a pesos dominicanos (DOP) para el registro fiscal.
  6. Determina si aplica retención de ITBIS — los pagos al exterior por servicios digitales o profesionales pueden estar sujetos a retención del ITBIS. El sistema te indicará si corresponde aplicar el porcentaje según la naturaleza del servicio.
  7. Revisa los datos y firma el comprobante — verifica que todos los campos estén completos y correctos. Una vez firmado digitalmente, el e-PE se envía a la DGII y obtienes el número de comprobante fiscal.
  8. Descarga y archiva el comprobante — guarda el e-PE firmado (XML y representación impresa) junto con la factura del proveedor extranjero. La ley exige diez años de conservación de los comprobantes fiscales.

Cumplir con esta secuencia asegura que el comprobante tenga validez fiscal y que cualquier fiscalización futura encuentre la operación correctamente documentada.

No olvides que para emitir cualquier comprobante electrónico necesitas tener tu RNC en regla. Si aún no lo tienes o requiere actualización, resuélvelo antes de intentar emitir tu primer e-PE.

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Datos clave que debe contener un e-PE y requisitos de la DGII

Cada e-PE debe incluir una serie de campos obligatorios para que la DGII lo considere válido. Si falta alguno, el comprobante puede ser rechazado o, peor aún, aceptado pero luego desconocido en una fiscalización.

Esta tabla resume cada campo, dónde obtenerlo y qué cuidado debes tener al completarlo:

CampoDónde se obtieneCuidado clave
RNC del emisorDe tu perfil en el sistema de facturaciónVerifica que esté activo y sin errores de dígitos
Nombre o razón social del emisorSe carga desde tu registro en la DGIIDebe coincidir exactamente con el registrado en el RNC
Nombre del proveedor extranjeroDe la factura o contrato del proveedorEscríbelo completo y sin abreviaturas
País del proveedorDe los datos del proveedorUsa el nombre oficial del país según la DGII
Número de factura del proveedorDel invoice o factura originalTranscríbelo tal cual aparece, incluyendo guiones o letras
Fecha de la factura del proveedorDel invoice o factura originalDebe coincidir con la fecha real del documento extranjero
Monto en moneda extranjeraDel invoice originalSin redondeos; con dos decimales si aplica
Moneda de pagoDel comprobante de transferenciaUSD, EUR u otra según la transacción real
Tasa de cambioDel Banco Central de RD o de tu bancoUsa la tasa del día en que se realizó el pago
Monto en pesos dominicanos (DOP)Se calcula automáticamenteMultiplicación: monto extranjero × tasa de cambio
Descripción del bien o servicioDel contrato, invoice u orden de compraSé específico: no escribas solo "servicios profesionales"
Retención de ITBIS (si aplica)Lo calcula el sistema según el tipo de servicioVerifica si tu operación está gravada o exenta

Requisitos adicionales que la DGII verifica

Además de los datos del comprobante, la DGII puede requerir documentación de respaldo si audita tus operaciones con el exterior. Ten en cuenta estos puntos:

  • El pago debe ser real y demostrable — la DGII puede cruzar tu e-PE con los registros bancarios. Si el comprobante existe pero la transferencia no coincide en monto, fecha o beneficiario, el e-PE pierde validez.
  • Conservas la factura original del proveedor — el invoice extranjero es el soporte primario del gasto. El e-PE lo complementa, pero no lo reemplaza.
  • La tasa de cambio debe ser verificable — usa la tasa de cambio oficial publicada por el Banco Central para la fecha de la transacción. No uses tasas estimadas o redondeos arbitrarios.
  • Los servicios digitales tienen reglas específicas — si pagas software, plataformas en la nube o servicios automatizados desde el exterior, la DGII considera que hay una retención de ITBIS del 18% que debes declarar, incluso si el proveedor no la incluye en su invoice.
18 %

de retención de ITBIS en servicios digitales pagados a proveedores del exterior

Errores comunes al emitir un e-PE y cómo evitarlos

La mayoría de los rechazos y observaciones de la DGII sobre los e-PE vienen de unos pocos errores repetidos. Reconocerlos antes de emitir te ahorra correcciones y posibles sanciones:

  • No emitir el e-PE porque el pago se hizo con tarjeta de crédito personal — la DGII no distingue el medio de pago. Si el gasto corresponde a tu negocio, necesitas el comprobante sin importar si pagaste con tarjeta corporativa, personal, transferencia o PayPal.
  • Registrar una tasa de cambio incorrecta o inconsistente — uno de los errores más frecuentes. Si el banco aplicó 58.50 y tú declaras 57.00, la diferencia queda expuesta. Usa siempre la tasa de cambio oficial del día en que se ejecutó el pago.
  • Confundir el e-PE con un gasto menor — el e-PE cubre pagos al exterior, sin importar el monto. El comprobante de gastos menores está pensado para proveedores informales dentro de RD. Son comprobantes distintos con reglas distintas.
  • No aprovechar las guías disponibles — si necesitas repasar el e-CG, consulta nuestra guía sobre el comprobante de gastos menores electrónico.
  • Omitir la retención de ITBIS en servicios digitales — si pagas una suscripción de software a una empresa en Estados Unidos o Europa, ese servicio está gravado con ITBIS en RD. No aplicar la retención equivale a dejar de declarar un impuesto que te corresponde como agente de retención.
  • Emitir el e-PE meses después del pago — la DGII espera que el comprobante se emita en la fecha del pago o dentro del mismo período fiscal. Emitirlo fuera de plazo debilita su validez y puede generar diferencias en tus declaraciones juradas.
  • Usar descripciones genéricas que no explican el gasto — "servicios profesionales" o "compra de materiales" no le dicen nada a un auditor. Describe con precisión: "servicio de diseño de identidad visual para el sitio web según contrato del 15 de marzo de 2026".
  • No conservar la factura original del proveedor extranjero — el e-PE es el comprobante fiscal dominicano, pero el invoice del proveedor es la evidencia primaria del gasto. Si la DGII te audita y no tienes ambos documentos, el e-PE puede ser declarado inválido.

Evitar estos errores no requiere conocimientos fiscales avanzados, sino atención al detalle y un sistema de facturación que valide los datos antes de firmar.

Preguntas frecuentes sobre el comprobante de pago al exterior

¿Qué pasa si no emito el e-PE al pagar un servicio en el extranjero?

El gasto queda sin respaldo fiscal ante la DGII. Eso significa que no podrás deducirlo de tu Impuesto Sobre la Renta (ISR) y, en una fiscalización, la DGII podría considerarlo como una irregularidad. Si el monto es significativo, la sanción puede incluir el pago del impuesto no declarado más recargos e intereses.

¿Necesito emitir un e-PE por cada pago aunque sea recurrente?

Sí. Cada pago individual requiere su propio e-PE, incluso si se trata de la misma suscripción mensual al mismo proveedor. No puedes agrupar varios meses en un solo comprobante porque las fechas, las tasas de cambio y los montos pueden variar. La trazabilidad fiscal exige un comprobante por cada transacción.

¿El e-PE aplica si el proveedor extranjero me envía su propia factura?

Sí, y de hecho es lo más común. La factura del proveedor extranjero (invoice) no tiene validez fiscal en República Dominicana. El e-PE es el documento que traduce esa factura al sistema tributario dominicano, por eso debes conservar ambos: el invoice como respaldo comercial y el e-PE como comprobante fiscal.

¿Cómo sé si debo aplicar retención de ITBIS en un pago al exterior?

La regla general es que los servicios digitales y los servicios profesionales prestados desde el exterior a un contribuyente dominicano están gravados con ITBIS a la tasa del 18%. Esto incluye software como servicio (SaaS), hosting, publicidad digital, consultorías y regalías.

Los bienes físicos (mercancía, materias primas) no están sujetos a esta retención. Si tienes dudas sobre un caso específico, consulta con tu contador o en las normativas de la DGII.

¿Puedo emitir un e-PE si soy freelancer o persona física con RNC?

Por supuesto. Cualquier contribuyente con RNC activo que realice pagos al exterior como parte de su actividad económica debe emitir el e-PE. No importa si eres una empresa grande, una mipyme o un profesional independiente: la obligación nace del pago al exterior, no del tamaño de tu negocio.

Tus comprobantes de pago al exterior, sin complicaciones

El e-PE es uno de esos comprobantes que pasa desapercibido hasta que lo necesitas. Pero cuando tu negocio crece y los pagos al extranjero se vuelven parte del día a día, tener un flujo claro para emitirlos marca la diferencia entre una contabilidad ordenada y un problema con la DGII.

Cada pago que haces a un proveedor fuera de República Dominicana debe estar documentado con su comprobante fiscal electrónico. No se trata solo de cumplir: se trata de proteger la deducibilidad de tus gastos y de mantener tu historial fiscal limpio ante cualquier revisión.

En HolaBill puedes emitir todos tus comprobantes fiscales electrónicos, incluido el e-PE, desde una sola plataforma. Crea tu cuenta gratis y mantén tus pagos al exterior en regla con la DGII.

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