
¿Tu negocio está obligado a facturar electrónico ante la DGII en República Dominicana?
Escribe tu RNC y te decimos qué fecha límite de la Ley 32-23 te toca. Comparamos tu número con los listados oficiales de la DGII, al instante y sin crear cuenta.
Consulta gratis si tu negocio está obligado a facturar electrónico en RD
De dónde sale esta respuesta
- Grandes Contribuyentes Nacionales — listado de la DGII actualizado el 01/05/2026
- Grandes Contribuyentes Locales y Medianos — listado de la DGII actualizado el 10/08/2026
- Aviso 06-26 — la prórroga de 6 meses que mueve el plazo al 15 de noviembre de 2026
- Ley 32-23 — artículo 37 (plazos de implementación)
Listados consultados el 28/09/2026. Esta herramienta es informativa: no verificamos que tu RNC exista ni sustituye la consulta con la DGII. Si tu situación es particular, confírmala con tu contador o en dgii.gov.do.
Fechas límite de la facturación electrónica en RD: quién está obligado y cuándo le toca
Estas son las dos fechas del calendario de facturación electrónica que la DGII publicó para República Dominicana. Si llegaste buscando «cuándo es obligatoria la facturación electrónica», «quiénes están obligados a facturar electrónicamente» o «si mi negocio ya tiene que emitir e-CF», esto es lo que aplica hoy.
1 de noviembre de 2026
Emisión exclusiva de facturas electrónicas
Desde esa fecha este grupo emite solo e-CF. Sus comprobantes tipo «B» dejan de ser válidos el 31 de octubre de 2026 (art. 55, Reglamento 587-24).
15 de noviembre de 2026
Pequeños, Micros y No Clasificados
El último grupo de la Ley 32-23. Su plazo original era el 15 de mayo de 2026 y la DGII lo prorrogó seis meses con el Aviso 06-26.
¿Y los Grandes Contribuyentes Nacionales? Ya son emisores electrónicos desde 2024: su cronograma venció en tres grupos (enero, marzo y mayo de 2024).
Consulta de RNC en la DGII: qué ves con tu número y qué te falta saber
Si llegaste buscando «consulta RNC», «buscar RNC por número», «buscar RNC por nombre» o un buscador de RNC en la DGII, ojo: son dos preguntas distintas y solo una la contesta la consulta de RNC. Con tu número puedes saber de quién es; para saber qué te toca hay que cruzar los listados. Y si lo que quieres es entender primero qué es un RNC, ahí lo explicamos desde cero.
- A quién pertenece el RNC: nombre o razón social
- El nombre comercial del negocio
- La actividad económica registrada
- La administración local a la que pertenece
- Si el registro está activo o no
- Tu clasificación (Grande, Mediano, Pequeño, Micro o No Clasificado)
- Tu fecha límite para facturar electrónico
- Si ya te toca o todavía tienes prórroga
Eso último lo resolvemos aquí arriba en un segundo. Escribe tu RNC y te decimos qué te toca.
¿Necesitas la ficha del contribuyente? Consulta de RNC de la DGII · Paso a paso en cómo consultar un RNC en la DGII
Preguntas sobre la obligación de facturar electrónico en RD
¿Cómo saber si estoy obligado a facturar electrónicamente en RD?
Depende del grupo en que la DGII te clasificó al entrar en vigencia la Ley 32-23. La DGII publica dos listados en dgii.gov.do: Grandes Contribuyentes Nacionales y Grandes Contribuyentes Locales y Medianos. Si tu RNC está en alguno de los dos, tu plazo ya pasó. Si no está en ninguno —el caso de la mayoría de los negocios— entras en Pequeños, Micros y No Clasificados, y eso NO te exonera: es el grupo con la fecha más amplia, que la DGII prorrogó al 15 de noviembre de 2026 con el Aviso 06-26. Esta herramienta hace ese cruce por ti en segundos.
¿Qué puedo consultar con mi RNC en la DGII?
La consulta de RNC de la DGII sirve para identificar a quién pertenece el número: nombre o razón social, nombre comercial, actividad económica, administración local y estado del registro. Es la consulta que más se usa para saber si un RNC es real antes de facturarle a alguien. Lo que esa consulta no te dice de una vez es tu fecha límite de facturación electrónica: eso sale de tu clasificación (Grande Nacional, Grande Local, Mediano, Pequeño, Micro o No Clasificado), y por eso la cruzamos con los listados públicos.
¿Cuál es la fecha límite para los pequeños y micros?
El 15 de noviembre de 2026. La Ley 32-23 fijó 36 meses desde su entrada en vigencia (15 de mayo de 2026) y la DGII otorgó una prórroga de seis meses, automática y sin necesidad de solicitud, con el Aviso 06-26 del 6 de mayo de 2026.
¿Qué pasa si no cumplo con la facturación electrónica en RD?
Vencido el plazo, los contribuyentes que no hayan implementado la facturación electrónica incurren en las infracciones del artículo 26 de la Ley 32-23, sujetas a las sanciones de sus artículos 27, 28 y 29. Por eso conviene empezar antes: el trámite y la primera factura toman menos de lo que se imagina.
¿Y si soy Gran Contribuyente Local o Mediano en la DGII?
Desde el 1 de noviembre de 2026 debes emitir exclusivamente facturas electrónicas (e-CF tipo «E»). Las secuencias de comprobantes no electrónicos tipo «B» solo son válidas hasta el 31 de octubre de 2026, según el artículo 55 del Reglamento 587-24. Después de esa fecha solo se usan en casos de contingencia declarada.
¿Me sirve el facturador electrónico gratuito de la DGII para cumplir?
Sí, es una vía válida y sin costo para emitir e-CF: la DGII lo ofrece pensando en personas físicas y mipymes de bajo volumen. Está pensado para facturar de a una y no guarda tus clientes y productos como un facturador propio. Si emites seguido o quieres mandarle la factura a tu cliente por WhatsApp, te conviene mirar un proveedor autorizado (PSFE) — HolaBill es gratis para empezar.
Para seguir leyendo: por qué la factura electrónica es obligatoria en RD, las fechas y plazos de la DGII, la Ley 32-23 y el facturador gratuito de la DGII.
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